Reglamento General


1. Fecha y lugar:

FIMAQH 2010, organizada por la Cámara Argentina de la Máquina Herramienta, Bienes de Capital y Servicios para la Producción -CARMAHE - se realizará en el Centro Costa Salguero, Av. Costanera R. Obligado y J. Salguero, Ciudad de Buenos Aires, desde el 4 al 8 de Mayo de 2010.

Horario: Jueves 9 de Setiembre de 14 a 19 hs. Viernes 9 a Martes 14 de Setiembre de 10 a 19 hs.


2. Productos admitidos

Los productos a exhibir deberán ser nuevos y estar incluidos en alguna de las siguientes categorías:

Máquinas-herramienta para la industria metalmecánica
Máquinas para el tratamiento de las superfi cies y ensayo de materiales
Máquinas para el trabajo de la madera
Otras máquinas
Herramientas / Herramental
Materiales, partes, componentes y accesorios
Equipos y sistemas de automatización
Metrología, control de calidad
Servicios relacionados con la industria metalmecánica
Software

Se permite la exhibición de maquetas de máquinas y/o sistemas que debido a su complejidad o tamaño no puedan ser presentados. La presentación de maquetas deberá ser aprobada por el Comité Organizador.
Los productos exhibidos deberán corresponder a los presentados en el FORMULARIO Nº 5 “Declaración de Productos”, presentada por el expositor y aprobada por el Comité Organizador.
No se permitirá la exhibición de productos usados y/o reacondicionados.
Los expositores no podrán exhibir productos sin las correspondientes autorizaciones para el uso de las marcas que individualicen a los mismos, o cualquier derecho intelectual que exista sobre el mismo. Todo producto que no se encuadre dentro de estas normativas deberá ser retirado por el expositor. Caso contrario el retiro será realizado por el Comité Organizador, con costo a cargo del expositor.


3. Expositor – Admisión

Las empresas interesadas en participar en FIMAQH 2010 deberán presentar el FORMULARIO Nº 1 “SOLICITUD DE INSCRIPCION”, lo cual implica el conocimiento y aceptación del presente Reglamento y sus cláusulas.
El Comité Organizador tiene el derecho de rechazar la Inscripción siendo inapelable su decisión.
Como garantía del fi el cumplimiento del Reglamento, el expositor deberá presentar en las ofi cinas de CARMAHE, 2 de agosto de 2010, un documento pagaré a la vista, por un monto equivalente al 20% (veinte por ciento) del valor neto de la superfi cie total arrendada. Este documento será canjeado por el “Certifi cado de Salida” que le será entregado por el Intendente del Pabellón una vez constatado que el stand se devuelve en óptimas condiciones, sin daños. La fecha de canje, del documento pagaré a la vista por el Certifi cado de salida, será a partir del 23 de agosto de 2010 en las ofi cinas administrativas de CARMAHE.
No se permitirá el subarrendamiento. En caso que el expositor sea un grupo de empresas asociadas, deberá solicitar la conformidad al Comité Organizador.
La adjudicación de los espacios será realizada en ACTO PÚBLICO, en fecha, hora y lugar a determinar por el Comité Organizador.
La modalidad del acto será por adjudicación directa a aquellas empresas que hayan solicitado la mayor cantidad de metros cuadrados en su correspondiente rubro / área. En caso de igualdad de solicitud de espacios en empresas que compartan la/s mismas áreas/rubros se sorteará la prioridad de elección. En todos los casos el orden de elección será de mayor a menor cantidad de metros cuadrados solicitados. Para que una empresa tenga el benefi cio de tener adjudicado su espacio en dicho acto, indefectiblemente,deberá estar presente un representante de la fi rma y haber abonado el equivalente al 30% mínimo, de la contratación total. El Comité Organizador se reserva el derecho de modifi car la distribución original siempre y cuando los intereses generales de la Feria así lo exigieran.


4. Precios de arrendamiento de superficie

Valor del arrendamiento básico por m2., se fi ja por Circular Nº 1, anexa al presente Reglamento, el precio establecido en la misma podrá ser modifi cado por circulares posteriores.

Descuentos:
a) 15% Socios de CARMAHE, con cuotas sociales pagas al 31 de octubre de 2009.
b) 10% Expositores que se asocien a CARMAHE, siempre que abonen 2 años adelantados de cuotas sociales.
c) 5% Expositores NO SOCIOS que participaron en la edición 2008 de FIMAQH.
d) 5% Expositores que se inscriban antes del 30 de junio de 2009.

LOS DESCUENTOS ESTABLECIDOS EN LOS PUNTOS a, b) y c) SOLO SON ACUMULABLES CON EL FIJADO EN EL PUNTO d)

Este precio incluye los siguientes servicios:
Servicio de grúas, para la colocación de los productos que arriben al predio desconsolidados y/o desembalados.
Seguro de Incendio de contenido hasta u$s 5.000,00 y de Responsabilidad Civil hasta u$s 50.000.- con un deducible de u$s 2.000.-
Stickers para correspondencia.
Invitaciones sin cargo.
Distribución de catálogos a visitantes.
Figuración en el Catálogo de la Feria.
Disponibilidad de un Auditorio para conferencias técnicas, recepciones, etc.
Iluminación general de los pabellones.
Climatización central.
Limpieza de los pasillos y áreas comunes.
Cartel identifi cador del expositor.
Servicio de seguridad general de la Feria.
Servicio médico de urgencia.
Estacionamiento libre durante la construcción y desarmado del stand.
Credenciales para expositor, personal de stands y prestadores de servicios.

Financiación:
El arrendamiento podrá ser abonado en cuotas mensuales, iguales y consecutivas. La totalidad del arrendamiento deberá ser cancelado sin excepción 30 días antes del inicio de FIMAQH 2010, caso contrario no se permitirá el ingreso al predio. Las cuotas deberán ser abonadas dentro de los 15 días posteriores a la fecha de factura.
En caso de generarse un atraso mayor a cinco días en el pago de cuotas, respecto de la fecha de sus respectivos vencimientos, o sea a partir del día 5 de cada mes, se aplicará un interés diario por mora equivalente al 0,1% sobre el valor de la cuota impaga.
En caso de producirse la cancelación del contrato por parte del expositor, éste no tendrá derecho alguno a recuperar los montos abonados en concepto de alquiler de espacio y/o servicios y CARMAHE dispondrá del lote.
Se establece la mora automática en el pago de las cuotas convenidas, por lo que en caso de producirse la falta de tres cuotas consecutivas, CARMAHE podrá dar por rescindido el contrato sin obligación alguna de resarcir a la fi rma que haya incurrido en la mora, y disponer de la superfi cie oportunamente reservada.


5. Publicidad

Los expositores podrán exhibir, proyectar y/o distribuir folletos o cualquier tipo de material de publicidad dentro de su stand, siempre y cuando su contenido no lesione las disposiciones legales vigentes ni las marcas de los titulares de las mismas, siendo condición necesaria que cuando se exhiba, proyecte o promocione en su stand, marcas, productos o servicios no comercializados o distribuidos por el expositor, éstos estén presentes con un stand propio en la exposición. De no cumplirse con esta condición, queda prohibida la presencia de marcas comerciales, afi ches, folletos, material digital, displays u otros elementos P.O.P. de terceros, o que figuren terceros, a excepción de los autorizados previamente por el Comité Organizador, que velará porque no se afecten los intereses de algún otro expositor.
En todos los casos en que se detecte la promoción de una marca cuyo fabricante o representante no posea stand en FIMAQH, el expositor que incurra en la infracción deberá abonar el equivalente al alquiler de un espacio de 20 m2. No se permite distribución ni promoción alguna en los pasillos ni en áreas comunes. Tampoco se permite la exhibición de listas de precios y condiciones de venta Se prohibe la instalación de altavoces como así también realizar números artísticos y/o sorteos para la atracción de visitantes. El expositor será responsable de todo impuesto, tasa, etc. que pueda corresponder por el uso de sonido, videos o similares.


6. Seguros

La responsabilidad civil y/o de daños a terceros es responsabilidad del expositor dentro de los límites de su stand. No obstante ello, CARMAHE proveerá un seguro contra incendio con una cobertura de hasta u$s 5.000,00 y responsabilidad Civil por u$s 50.000,00, con un deducible de u$s 2.000 por cada expositor. El expositor que requiera asegurar sumas mayores deberá contratarlo en forma adicional haciéndose cargo de su costo.


7. Comunicaciones Posteriores:

Los presentes Reglamentos General y Técnico serán complementados mediante el envío de circulares, a través de la página web, las que tendrán su misma validez, no pudiendo, en ningún caso, alegar su desconocimiento.


8. Resolucion de Conflictos:

El presente Reglamento y el contrato que le da origen se regirá por la Ley de la República Argentina, por lo que en caso de acción judicial entre las partes, se tendrá por válido el Reglamento en su versión en idioma español.
CARMAHE y el expositor constituyen especialmente los siguientes domicilios. CARMAHE en Av. Julio A. Roca 516, 3º Piso de la Ciudad de Buenos Aires. El Expositor en el domicilio consignado en la fi cha de inscripción a la feria.
Los domicilios constituidos serán válidos para cualquier notifi cación judicial o extrajudicial que se curse con motivo u ocasión del presente reglamento o la ejecución de las obligaciones asumidas por las partes en relación a la FIMAQH 2010.
CARMAHE y el Expositor convienen en someterse a la jurisdicción de los Juzgados Ordinarios en lo Comercial de la Capital Federal en relación a cualquier reclamo entre las mismas con motivo u ocasión del presente Reglamento o el contrato que le da origen.

9. Responsabilidades

El expositor será responsable de los daños personales y/o materiales ocasionados dentro del predio ferial por su personal, vehículo o cosas de su propiedad, como así también de terceros contratados por él.
El expositor será responsable de los daños y perjuicios que pudieran derivarse del uso no autorizado de una marca, o respecto de la infracción de un derecho de propiedad intelectual en un producto exhibido en su stand o publicitado en los folletos que distribuyan en el mismo.
CARMAHE no asume la responsabilidad por daños o perjuicios que pudiera sufrir el expositor, su personal propio o subcontratado o sus bienes durante su permanencia en la Feria.
CARMAHE no reconocerá indemnizaciones por robo, hurto, incendio, rayo, tempestad, inundación, agua, humedad, sabotaje u otros perjuicios cualesquiera sea su origen.
CARMAHE recomienda extremar las medidas de seguridad por cada expositor en su respectivo stand durante los períodos de montaje y desmontaje, lapsos en los que se incrementa el riesgo de hurtos.
Cada expositor deberá cubrir su responsabilidad y patrimonio con un seguro adecuado que cubra responsabilidad civil, incendio, riesgos emergentes sobre su personal y sus bienes.
En caso de exhibir productos importados, es responsabilidad del expositor disponer de toda la documentación de importación ante eventuales inspecciones de personal aduanero.
El expositor se obliga a mantener indemne a CARMAHE en caso de producirse algunos de los supuestos por los cuales asume responsabilidad conforme lo establecido precedentemente, importando dicha obligación de indemnidad todo gasto, costa y honorario razonable que el reclamo de un tercero pudiera haber ocasionado.

Comité Organizador

FIMAQH 2010

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